La Voz de César Vidal

Editorial: El proyecto de ley de Amnistía para los golpistas catalanes - 14/11/23

November 14, 2023 César Vidal
Editorial: El proyecto de ley de Amnistía para los golpistas catalanes - 14/11/23
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Editorial: El proyecto de ley de Amnistía para los golpistas catalanes - 14/11/23
Nov 14, 2023
César Vidal

El editorial de César Vidal.

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¿Te has preguntado alguna vez cómo podría cambiar el panorama de la justicia española si se aprobara una ley de amnistía para los golpistas catalanes? En este episodio, exploramos a fondo el controvertido proyecto de ley presentado por el gobierno de Pedro Sánchez, analizando los argumentos jurídicos y políticos que se despliegan en el documento del Ministerio de Justicia Español. Atrévete a descubrir cómo la postura del gobierno ha cambiado desde su presentación en junio de 2021 y aprende sobre las posibles repercusiones de esta decisión.

No dejamos piedra sin mover en nuestro análisis de la propuesta de la ley de amnistía, profundizando en la disposición adicional primera y la reforma del artículo 130 del Código Penal. Pero el debate no se detiene allí; también nos adentramos en la situación en Cataluña, discutiendo sobre el alarmante peligro de impunidad para los golpistas, ladrones, prevaricadores, corruptos y terroristas que actúan en la región. En medio de todo esto, también abordamos el tema de la creciente deuda pública española y el papel de Cataluña en ella. Prepárate para un viaje fascinante a través de la ley de amnistía y sus implicaciones.

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¿Te has preguntado alguna vez cómo podría cambiar el panorama de la justicia española si se aprobara una ley de amnistía para los golpistas catalanes? En este episodio, exploramos a fondo el controvertido proyecto de ley presentado por el gobierno de Pedro Sánchez, analizando los argumentos jurídicos y políticos que se despliegan en el documento del Ministerio de Justicia Español. Atrévete a descubrir cómo la postura del gobierno ha cambiado desde su presentación en junio de 2021 y aprende sobre las posibles repercusiones de esta decisión.

No dejamos piedra sin mover en nuestro análisis de la propuesta de la ley de amnistía, profundizando en la disposición adicional primera y la reforma del artículo 130 del Código Penal. Pero el debate no se detiene allí; también nos adentramos en la situación en Cataluña, discutiendo sobre el alarmante peligro de impunidad para los golpistas, ladrones, prevaricadores, corruptos y terroristas que actúan en la región. En medio de todo esto, también abordamos el tema de la creciente deuda pública española y el papel de Cataluña en ella. Prepárate para un viaje fascinante a través de la ley de amnistía y sus implicaciones.

Speaker 1:

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Speaker 2:

Muy buenas días muy buenas tardes, muy buenas noches, muy buenas noches y muy bienvenidos a esta nueva singladura de la voz. Soy César Vidal. Hoy es el martes 14 de noviembre de 2023 y me dirijo a los hispanoparlantes de ambos hemisferios, a los situados a uno y otro lado del Atlántico y del Pacífico, y, como siempre, lo hago desde el Exí Corría. El año 2021, y más concretamente el día 22 de junio, cuando el Ministerio de Justicia Español, con la firma del titular de la cartera, juan Carlos Campo, presentó un informe de 33 páginas en que se defendía la concesión de indultos para los implicados en el golpe de estado de Cataluña como la forma más adecuada de pasar página De manera contundente. El citado documento afirmaba que, a diferencia de la amnistía claramente inconstitucional que se reclama desde algunos sectores independentistas, el indulto no hace desaparecer el delito.

Speaker 2:

El texto rechazaba la posibilidad de la amnistía, recurriendo a una serie de sólidos argumentos jurídicos e incidiendo en el hecho de que la base de nuestra convivencia radica en el imperio de la ley y ello se traduce en que nada ni nadie está por encima de ella. En la misma línea se manifestaron entonces tanto el Tribunal Supremo como la Fiscalía, alegando que la amnistía no tenía cabida en el régimen jurídico español De manera bien reveladora. La posición contraria a la amnistía que mantenía entonces el gobierno que presidía Pedro Sánchez fue apoyada de manera pública y explícita no solo por Juan Carlos Campo, ministro de Justicia y actual magistrado del Constitucional, sino también por Carmen Calvo, vicepresidenta del gobierno y catedrática de derecho constitucional, por Fernando Grande Marlasca, ministro del interior y antiguo magistrado de la Audiencia Nacional, y por distintos ministros de gobierno presididos por Sánchez, como José Luis Ábalos, luis Planas, miqueliceta Salvadorilla o Félix Bolaños. No era otro presidente socialista sino el presente, no eran otros ministros socialistas sino buena parte de los presentes, y no era otro partido socialista sino el presente, y todos ellos afirmaron de manera rotunda que la amnistía de los golpistas catalanes era imposible y que precisamente por ello se les otorgaba un indulto.

Speaker 2:

En poco más de dos años el gobierno de Sánchez cambió de opinión y ha presentado un proyecto de ley para amnistiar a los golpistas catalanes incluso de los delitos de terrorismo. En las últimas horas hemos tenido nuevas noticias sobre el proyecto de ley de amnistía en favor de los golpistas catalanes impulsado por Pedro Sánchez. Sin ánimo de ser exhaustivos, los hechos son los siguientes. Primero, hace unas horas, el grupo parlamentario socialista ha presentado un proyecto de ley de amnistía en favor de los golpistas catalanes, solicitando que se tramite por el procedimiento de urgencia, al amparo del artículo 93 del vigente reglamento. Segundo en su exposición de motivos el proyecto de ley defiende que toda amnistía se concibe como una figura jurídica dirigida a excepcionar la aplicación de normas plenamente vigentes cuando los actos que hayan sido declarados o estén tipificados como delito o determinantes de cualquier otro tipo de responsabilidad se han producido en un contexto concreto.

Speaker 2:

Esta facultad legislativa se configura en el ordenamiento como un medio adecuado para abordar circunstancias políticas excepcionales que, en el seno de un estado de derecho, persigue la consecución de un interés general, como puede ser la necesidad de superar y encausar conflictos políticos y sociales arraigados, en la búsqueda de la mejora de la convivencia y la cohesión social, así como de una integración de las diversas sensibilidades políticas. Tercero, la exposición de motivos de la ley de amnistía señala igualmente que la institución de la amnistía es una decisión política mediante una ley aprobada por el Parlamento, como expresión del papel otorgado por la Constitución a las Cortes Generales, que se erigen como el órgano encargado de representar a la soberanía popular en los poderes constituidos y configurar libremente la voluntad general a través del ejercicio de la potestad legislativa. Cuarto, como justificación del uso de la amnistía. El proyecto de leis señala la ley de amnistía de 1977, menciona que la amnistía parece contemplada en constituciones como las de Italia, francia o Portugal, citando un reciente caso portugués relacionado con la visita del papa, o las normas de ese tipo aprobadas en países europeos desde 1945. Con estas citas, el texto pretende pasar por alto cuestiones extraordinariamente relevantes, como que la amnistía de 1977 benefició a los presos y perseguidos políticos del franquismo cuyos delitos no hubieran prescrito ya, por ejemplo a los 30 años de concluida la guerra civil, o que la Constitución española no recoge referencia alguna a la amnistía e incluso prohíbe expresamente una figura menor como son los indultos genelantes.

Speaker 2:

5. Aún más débil es la justificación de la anistía, que se pretende hacer recurriendo a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre estados de la Unión Europea, que excluyen los delitos cubiertos por la anistía, ya que semejante norma se refiere a naciones donde sí existe la figura de la anistía, pero no indica en absoluto que sea un instrumento obligado o lícito en todos los estados europeos. 6. Tras esgrimir estos argumentos en pro de la anistía, el proyecto de ley señala que la presente ley orgánica amnistía los actos que hayan sido declarados o estuvieran tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa o contable vinculados a la consulta celebrada en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y al referéndum de 1 de octubre de 2017, que se hubieran realizado entre el 1 de enero de 2012, año en el que comenzaron a desarrollarse los hechos del proceso independentista, y el 13 de noviembre de 2023.

Speaker 2:

La amnistía abarca no solo la organización y celebración de la consulta y el referéndum, sino también otros posibles ilícitos que guardan una profunda conexión con los mismos, como pueden ser, a modo de ejemplo, los actos preparatorios, las diferentes acciones de protesta para permitir su celebración o mostrar oposición al procesamiento o condena de sus responsables, incluyendo también la asistencia, colaboración, asesoramiento o representación de cualquier tipo, protección y seguridad a los responsables, así como todos los actos objetos de la presente ley que acreditan una tensión política, social e institucional que esta norma aspira a resolver de acuerdo con las facultades que la Constitución confiera a las Cortes Generales. En otras palabras, la amnistía cubre todos los actos delitivos o procesables relacionados con el golpe de Estado, en cualquiera de sus maneras, durante un periodo de más de 11 años. En otras palabras, no solo cubre el golpe, sino multitud de actividades ilegales llevadas a cabo en Cataluña por los nacionalistas catalanes durante más de una década. Séptimo como justificación para dar este paso, el proyecto de ley señala que estos hechos comportaron una tensión institucional que dio lugar a la intervención de la justicia, y una tensión social y política que provocó la desafección de una parte sustancial de la sociedad catalana hacia las instituciones estatales, que todavía no ha desaparecido y que es reavivada de forma recurrente cuando se manifiestan las múltiples consecuencias legales que siguen teniendo, especialmente en el ámbito penal.

Speaker 2:

Obtavo según el texto, la aprobación de esta ley orgánica se entiende por tanto como un paso necesario para superar las tensiones referidas y eliminar algunas de las circunstancias que provocan la desafección que mantiene alejada de las instituciones estatales a una parte de la población. Noveno según el citado texto, esta ley orgánica es un paso más en un camino difícil pero a la vez valiente y reconciliador, una demostración de respeto a la ciudadanía y de que la aplicación de la legalidad es necesaria pero en ocasiones no es suficiente para resolver un conflicto político sostenido en el tiempo. Décimo el proyecto de ley señala además que el contexto jurídico y político en el que se aprueba esta amnistía es muy diferente de aquel en el que se aprobaron las dos últimas normas que implementaron esta medida en nuestro país el Real Decreto Ley 10-1976 de 30 de julio Y la Ley 46-1977 de 15 de octubre con los que se pretendía poner fin a una larga dictadura, mientras que desde el año 1978 España cuenta con un texto constitucional homologable al de los países de nuestro entorno. Así, la base de Stamnistía, según el texto, encuentra fundamento en dos pilares de distinta naturaleza por un lado, la constitucionalidad de la medida y, por otro, la necesidad de abordar una situación excepcional en pro del interés general, apostando por un futuro de entendimiento, diálogo y negociación entre las distintas sensibilidades políticas, ideológicas y nacionales.

Speaker 2:

Un décimo Acto seguido el proyecto de ley señala que la constitucionalidad de la Amnistía fue declarada por el Tribunal Constitucional en su sentencia 147.986 de 25 de noviembre, a propósito precisamente de la aplicación de la Ley 46-1977. En este pronunciamiento se afirma taxativamente que no hay restricción constitucional directa sobre esta materia. Sin embargo, el proyecto de ley pasa por alto que la declaración del Tribunal Constitucional estuvo relacionada única y exclusivamente con los intentos de derogar la citada de ley de Amnistía para proceder a juzgar los crímenes del régimen de Franco, es decir que no tiene nada que ver con el supuesto actual. Do décimo Acto seguido, el proyecto de ley cita una serie de resoluciones previas de aplicación de normas de Amnistía como argumento a favor de su uso en el derecho penal Vígete. La cita, sin embargo, carece del más mínimo valor jurídico, ya que todos los casos son previos a 1995, en que el nuevo Código Penal, conocido popularmente como el Código VI, suprimió la Amnistía como institución jurídica del derecho español.

Speaker 2:

Décimo tercero A continuación, el proyecto pasa a exponer el contenido de la ley, que consta de 16 artículos divididos en tres títulos, dos disposiciones adicionales y una disposición final. Décimo cuarto Así, el título primero amnistía todos los actos determinantes de responsabilidad penal, administrativa o contable ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Cataluña entre el 9 de noviembre de 2014 y el 13 de noviembre de 2023. Así como las siguientes acciones cometidas entre estas fechas, aunque no se encuentren directamente relacionadas con estas consultas o incluso hayan sido realizadas con posterioridad a su respectiva celebración. En otras palabras, se amnistía no solo el golpe de Estado como tal, sino también una potencial infinidad de delitos que cuadrubaron al mismo o que se aprovecharon de él. La única excepción serían los delitos de terrorismo, pero solo en el caso de que ya exista sentencia firme o de que los actos se ejecutaran con motivos racistas, antisemitas o sexistas. Quedarán sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión de las personas a las que resulte de aplicaciones de amnistía, así como las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención.

Speaker 2:

Décimo quinto, la aplicación de la amnistía en cada caso corresponderá a los órganos judiciales, administrativos o contables determinados en la presente ley, quienes adoptarán con carácter preferente y urgente, adoptándose las decisiones en el plazo máximo de dos meses. Y decimos sexto de manera totalmente esencial, pero que pueden pasar por alto los legos en ciencia jurídica, la ley incluye en su disposición adicional primera, la reforma del apartado primero del artículo 130 del Código Penal, que queda redactado con el siguiente tenor la responsabilidad criminal se extingue, apartado cuarto, por la amnistía o el indulto. Esta reforma de la ley es esencial porque deja de manifiesto cómo la amnistía no tiene lugar en el derecho positivo español y para posibilitarla hay que reformar el Código Penal de tal manera que vuelva a encontrar cabida en el mismo. En otras palabras, el gobierno de Pedro Sánchez es totalmente consciente de la ilegalidad de la amnistía y, para orillarla, reforma el Código Penal, aunque sea de manera casi encubierta, para volver a incluirla.

Speaker 2:

La ley de amnistía, que previsiblemente permitirá a Pedro Sánchez ser investido como presidente del gobierno, constituye un disparate jurídico y una inmoralidad política y social, que solo puede tener pésimas consecuencias. El texto pretende convencer a los españoles de que la amnistía forma parte del sistema jurídico español, al igual que sucede en otras naciones de la Unión Europea. La parte de afirmación es totalmente falsa, ya que la amnistía dejó de formar parte del sistema legal español desde que, a finales del siglo XX, en el Código Penal debido al socialista Belloque, quedó excluida de las formas de extinción de la responsabilidad penal. Que hayan naciones de la Unión Europea que la incluyan en su constitución no cambia lo más mínimo esa circunstancia esencial, como tampoco la cambia las referencias a la ley de amnistía de 1977, que fue anterior en casi dos décadas a la eliminación de la amnistía en el Código Belloque. A día de hoy la amnistía está totalmente excluida del sistema jurídico español, por más que pueda existir en algunos países de la Unión Europea y que se reconozcan los efectos jurídicos en hechos. En segundo lugar, el texto pretende convencer a los ciudadanos de la constitucionalidad de la amnistía, pero no proporciona argumentos jurídicos sólidos al respecto. De hecho, la Constitución no solo no la incluye, como sucede con otras naciones, sino que además han sido ministros y políticos socialistas los que negaron ya hace dos años esa posibilidad. Pueden ver como ahora dicen exactamente lo contrario resulta desagradablemente, patético y explica no poco la desconfianza e incluso el asco que multitud de ciudadanos españoles sienten hacia las castas políticas.

Speaker 2:

En tercer lugar, el mismo objetivo de la ley es presentado de una manera que resulta reputnantemente hipócrita. Es totalmente sabido que Pedro Sánchez impulsa esta ley para seguir siendo presidente de gobierno, e intentar presentar su acto como un intento de conseguir que los nacionalistas catalanes sientan afecto por las instituciones españolas resulta claramente ridículo. De hecho, equivaldría a decir que se amnistiará a todos los asesinos, violadores o ladrones porque así llegarán a sentir afecto hacia la policía, los fiscales y los jueces. La ley ha de cumplirse y no puede dejar de cumplirse para generar afectos entre los delincuentes. Y finalmente, la misma ley deja de manifiesto que está violando el ordenamiento jurídico cuando, de manera casi subrepticia, a la chita, cayando en una disposición adicional, incluye una reforma del Código Penal que vuelve a incluir la figura de la amnistía en la legislación española.

Speaker 2:

En otras palabras, siempre han sabido que la amnistía es ilegal. Hace dos años lo repitieron por activa y por pasiva, pero ahora la convierte en el legal mediante una reforma casi oculta del Código Penal. Es precisamente ese paso el que permite que la amnistía sea legal, aunque no por ello deje de ser inmoral, y se consagra el fraude de ley como una manera de actuar en la política. Los gobernantes no se someten a la legalidad, sino que fuerzan y retuercen la legalidad para que encaje en sus caprichos ilegales. Lamentablemente, no es la primera vez que sucede en los últimos tiempos en España.

Speaker 2:

Los gobiernos del corrupto presidente catalán Jordi Pujol fueron una sistemática práctica del fraude de ley, que se toleró una y otra vez para no tener problemas con los nacionalistas catalanes. Ese camino ha conducido a España hasta el golpe de Estado en Cataluña y la vergonzosa ley de amnistía que ahora se propone. También los gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero quedaron marcados indeleblemente por el fraude de ley en cuestiones como la ley de violencia de género, la ampliación del aborto, la inclusión del matrimonio homosexual en el ordenamiento jurídico o el nuevo estatuto de Cataluña. Ni una sola de esas normas tenía cabida en el ordenamiento jurídico español, pero se toleró de manera vergonzosa su inclusión, consagrando así el principio del fraude de ley como forma de gobierno.

Speaker 2:

Succedió lo mismo con Mariano Rajoy que, entre otras muchas, impulsó normas relacionadas con el Ministerio de Hacienda que constituían escandalosos fraudes de ley y que van siendo derogadas por la administración de justicia de la Unión Europea, aunque sea después de causar un daño indecible a millones de personas. Fue también un inmenso y injustificado fraude de ley que, como el mismo Montoro reconoció, el Ministerio de Hacienda financiara a sabiendas el golpe de Estado en Cataluña. Pero el fraude de ley ya estaba más que consagrado como acción de gobierno. Ahora el enésimo fraude de ley aparece en forma de ley de amnistía, una posible ley negada hace dos años por el mismo gobierno socialista y que, al incluir de manera oculta la reforma del Código Penal en suseno, reconoce la ilegalidad que ahora pretende cambiar. Pero lo peor de todo es que nada de esto va a mejorar la situación.

Speaker 2:

Los golpistas, los ladrones, los prevaricadores, los corruptos, los terroristas ya saben que pueden conseguir la impunidad absoluta mediante la presión parlamentaria. Incluso en el caso de Cataluña, son claramente conscientes de que pueden robar de forma impune al resto de regiones españolas si así le conviene al presidente del gobierno. Y obviamente este no puede ser el camino. O Cataluña acepta ser tratada como el resto de España, con los mismos derechos, pero no más, y con las mismas obligaciones, pero no menos, o habrá que plantearse si, convertida en un costosísimo parásito para el resto de España, no sería mejor expulsarla de la patria común y que crezca en el mundo real, sin expoliar los bienes de otras regiones hermanas.

Speaker 2:

En cualquier caso, la impunidad para los golpistas, los ladrones, los corruptos, los prevaricadores, los terroristas, simplemente porque son catalanes, no puede constituir el camino para un futuro de paz, de justicia y de prosperidad. Pero no se dejen llevar por el desánimo la frustración. Y es que, a pesar de que los poderosos muchas veces parecen gigantes, es solo porque se les contempla de rodillas y ya va siendo hora de ponerse en pie. Mientras tanto, en el tiempo que han necesitado ustedes para escuchar este editorial, la duda pública española ha aumentado en más de 7 millones de euros y no lo podemos ocultar, una parte importantísima de esa deuda. La causa la casta parasitaria catalana. Muy buenos días, muy buenas tardes, muy buenas noches. Les ha hablado César Vidal desde el exilio. Que Dios los bendiga.

Speaker 1:

Esta sección está patrocinada por crowdfunding con el siguiente mensaje Nuestro Señor Jesucristo, el único Dios verdadero, es misericordioso y nuestro Salvador.

Amnistía Para Golpistas Catalanes
La Ley De Amnistía en España
Impunidad Y Situación en Cataluña