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La Voz de César Vidal
Editorial: Las víctimas de la vacuna del Coronavirus no tendrán indemnización en España - 13/02/26
Por César Vidal.
https://www.cesarvidal.tv/editorial/videos/las-victimas-de-la-vacuna-del-coronavirus-no-tendran-indemnizacion-en-espana
En su editorial del 13 de febrero de 2026, César Vidal analiza la reciente sentencia del Tribunal Supremo español sobre la responsabilidad de las administraciones públicas en los efectos adversos de las vacunas contra el coronavirus.
Partiendo de la revelación realizada en 2021 en el programa La Voz sobre los contratos impuestos por multinacionales de la Big Pharma a distintos gobiernos —contratos que eximían a las farmacéuticas de responsabilidad y trasladaban el riesgo a los Estados—, César Vidal sostiene que el fallo del Supremo confirma sus advertencias de entonces: ni las compañías farmacéuticas ni las administraciones asumirán las consecuencias de los daños sufridos por los ciudadanos.
El caso concreto examinado es el de una mujer que sufrió una trombosis tras recibir la vacuna de Janssen, cuya indemnización había sido reconocida por tribunales inferiores, pero finalmente revocada por el Tribunal Supremo, que limita la responsabilidad de la Administración a supuestos de mala praxis y subraya el carácter “voluntario” de la vacunación.
César Vidal cuestiona duramente esta interpretación, denunciando que la supuesta voluntariedad fue, en la práctica, inexistente debido a las presiones políticas, sociales y mediáticas ejercidas durante la pandemia. Asimismo, advierte de las consecuencias institucionales y sociales de esta decisión judicial, señalando el deterioro de la confianza ciudadana en gobiernos, medios de comunicación y tribunales.
Un análisis crítico sobre responsabilidad política, justicia y memoria de la gestión de la crisis del coronavirus.
La voz con César Vidal desde el exilio.
SPEAKER_00:Muy buenos días, muy buenas tardes, muy buenas noches, ando muy bienvenidos a esta nueva sigla de la voz. Soy César Vidal, hoy es el 13 of the 2026, and I dirijo a los hispanoparlantes of the hemisferios, a situated at one or other line del Atlántico y del Pacífico, ando desde el exilio. Corría el año 2021 and the viernes 26 de noviembre, when el editorial de esa mañana del programa La Voz reveló en exclusiva mundial los términos en que una de las multinacionales de la Big Pharma obligaba a las naciones a firmar los contratos para suministrarles la denominada vacuna contra el coronavirus. Tras describir literalmente las condiciones, el editorial afirmaba de manera taxativa. El pliego de condiciones impuesto por dos multinacionales de la Big Pharma a una de las naciones de Hispanoamérica para suministrarle la vacuna del coronavirus constituye uno de los documentos más escandalosos que ha podido leer quien ahora se dirige a ustedes a lo largo de su vida. Y ciertamente el número de esos documentos se cuenta en millares. Las compañías farmacéuticas firman un contrato con un Estado en apariencia soberano, pero al que en realidad imponen unas condiciones como si se tratara de una nación derrotada o de un protectorado. Ciertamente le venden, y a precio de oro, unas vacunas de las que se reconoce que no tienen garantía alguna de eficacia y que efectivamente pueden provocar daños desconocidos. Pero por si esto fuera poco, además, primero, el Estado renuncia a recibir indemnizaciones de las farmacéuticas por los daños que puedan derivar de las vacunas. Segundo, el Estado asume el pago de las indemnizaciones que pueda derivar de los efectos incluso mortales de las citadas vacunas. Tercero, el Estado renuncia a la jurisdicción que le corresponde sometiéndose a la de un tribunal ubicado en territorio extranjero. Cuarto, el Estado acepta que la lengua determinante sea la de las compañías transnacionales y quinto, finalmente, caso de que hubiera demandas por daños y a las multinacionales no les agradara la manera en que las conduce el Gobierno, estas entidades de la Bizfarma podrán asumir la defensa, aunque todos los gastos correrán por cuenta del gobierno en cuestión. Todo esto además acontece en beneficio de una compañía médica con un largo pasado de daños causados en la salud y la vida de aquellos que consumen sus productos. Tras indicar hasta qué punto semejante conducta implicaba un sometimiento vergonzoso a la agenda globalista, el editorial añadía. Las situaciones vividas por las naciones sometidas a la agenda globalista no variarán por el color de los respectivos gobiernos. Tanto los gobiernos de izquierdas como los de derecha se someterán, y de hecho ya se han sometido a estas acciones. Y ahora que cada cual saque sus conclusiones sobre lo que se oculta detrás de la campaña masiva de vacunación, una campaña defendida por los medios de comunicación que tienen publicidad de la Bif Pharma y también por los que aspiran a tenerla, y cuyas víctimas son precisamente ustedes, los ciudadanos de a pie de naciones, cuyo destino es pasar a ser meros protectorados de la agenda globalista. Aunque se trató de ocultar ferozmente, lo cierto es que las vacunas del coronavirus no tardaron en causar efectos nefastos para la salud, incluida la muerte, unos efectos que fueron forzados por la acción de los poderes públicos y por la manipulación de las furcias mediáticas. Ciertamente resulta muy, pero que muy difícil, que un editorial pudiera ser más certero en sus pronósticos. En las últimas horas hemos tenido nuevas noticias sobre la decisión del Tribunal Supremo Español en relación con las posibles indemnizados, indemnizaciones a los damnificados por las vacunas del coronavirus. Sin ánimo de ser exhaustivos, los hechos son los siguientes. Primero, tras años de interpretaciones jurídicas en una y otra dirección, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha respondido a la pregunta que acompañó siempre a la crisis del coronavirus. ¿Responde la Administración Sanitaria de los efectos adversos de la vacunación del coronavirus? Segundo, la pregunta ya había sido respondida de manera afirmativa por un juzgado de Cáceres que sentenció obligando a la Junta de Extremadura a indemnizar con 40.000 euros en concepto de responsabilidad patrimonial sanitaria a una mujer que había sufrido una trombosis 56 días después de recibir una dosis de la vacuna Janssen en el año 2021. Tercero, la Junta recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que confirmó la sentencia de instancia, señalando que la Junta tenía la obligación de indemnizar a la damnificada. Cuarto, la Junta volvió a recurrir el fallo en casación ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo. Quinto, ahora el Tribunal Supremo ha dado la razón al Gobierno extremeño, señalando su sentencia que la Administración Autonómica encargada de la vacunación contra el COVID-19, dado el carácter excepcional de la pandemia internacional declarada en marzo de 2020, únicamente deberá responder por la actuación administrativa que derivase de una mala praxis, resultase contraria a la Lex Artis ad hoc, o respecto de la cual se acreditase la existencia de una falta de diligencia débla sin que puedan imputársele todos los efectos adversos producidos en algunas personas por la inoculación de las vacunas en aquel contexto de emergencia sanitaria. Sexto, en este caso concreto, la mujer que reclamaba recibió una dosis de la vacuna Janssen el 1 de julio de 2021 y casi dos meses después, el 26 de agosto, acudió a urgencias con un cuadro grave de trombosis mesentérica que necesitó intervención quirúrgica. La reclamación de responsabilidad patrimonial se fundamentaba en la relación de causalidad entre la vacuna del coronavirus y la trombosis. Séptimo, la Junta Extremeña, según recoge la sentencia del Tribunal Supremo, destacó que el informe de la inspección sanitaria concluyó que no existió mala praxis médica y que el efecto adverso descrito para esta vacuna, trombosis con trombocitopenia, es extremadamente infrecuente y, según se manifiesta, según la Agencia Europea del Medicamento, entre 5 y 24 días tras la inoculación, un plazo muy inferior a los 56 días transcurridos en este caso. Igualmente, el Gobierno extremeño señalaba en su recurso que la justicia había estimado la reclamación aplicando una doctrina de responsabilidad por riesgo, imputando el daño al Servicio Extremeño de Salud por el mero hecho de haber administrado la vacuna. Noveno. En su sentencia, el Tribunal Supremo destaca que el marco regulador de la vacunación tuvo como nota esencial y común su voluntariedad, por lo que la opción de inocularse la vacuna era una decisión estrictamente personal. Décimo. Igualmente señala la sentencia que los daños derivados de un proceso generalizado de vacunación y más atendiendo a las singulares condiciones en las que la fabricación y autorización de la comercialización y distribución de las vacunas se produjo, podrían haberse evitado si los márgenes temporales hubiesen sido otros similares a los procedimientos ordinarios seguidos en otros procesos de vacunación. Un décimo. Igualmente señala la sentencia. Desde luego, como efectivamente se hubiesen evitado el daño es si las administraciones responsables en una decisión de aplicación de mayor cautela, que seguramente hubiese tenido un gran rechazo social, hubiesen optado por prohibir o rechazar la aplicación de este tratamiento preventivo. Lo que ocurre es que muy probablemente, en esa hipotética situación, los daños hubiesen sido muy superiores a los derivados de la aplicación de la vacuna. De esta forma, tanto las administraciones como singularmente los individuos que optaron por someterse a la vacunación aceptaron el inherente riesgo que ésta comportaba. Duodécimo, la sentencia indica además que la Administración deberá seguir respondiendo por el funcionamiento anormal del servicio y por la vulneración de la Les Artis-Adoc. Pero en ausencia de una previsión legal que reconozca la singularidad de la vacunación como manifestación de solidaridad colectiva, merecedora de una respuesta consecuente en el régimen de responsabilidad por funcionamiento normal, la Administración debe producirse algún episodio de accidente grave quedará eximida dada la voluntariedad de la vacuna y los riesgos del progreso. Y décimo tercero, así según señala la sentencia, la responsabilidad de la Administración Autonómica como encargada material de la ejecución de la propia vacunación a través de sus servicios de salud derivirá del funcionamiento anormal de sus servicios y no, por tanto, de aquellos eventos perjudiciales producidos cuando el servicio público actuó correctamente. Hace casi un lustro, el programa La Voz tuvo acceso al tipo de contrato que la Big Pharma obligaba a firmar a las naciones para suministrarles las vacunas contra el coronavirus. Del texto se desprendía claramente que la Big Pharma no respondería en absoluto de aquellos males que pudieran causar las denominadas vacunas y que además se blindaba para eludir todo tipo de responsabilidad. Se habría esperado que entonces, de producirse efectos negativos que podían llegar incluso a la muerte, las administraciones públicas que habían firmado los contratos hubieran respondido por los daños causados. Pero ya se podía sospechar que no sería así. Y más cuando los perjuicios muy pronto aparecieron como algo muy distinto a simples daños aislados. Millones de personas fueron obligadas por las distintas administraciones a recibir unas vacunas sin valor alguno. Y en esa coacción no solo actuaron los poderes públicos, sino también las furcias mediáticas, que, por supuesto, recibieron su beneficio de la publicidad de la Big Pharma. Cuando llegaron las terribles consecuencias, ha resultado más lógico que alguien indemnizara a los damnificados y al haber aceptado los gobiernos que no fueran las empresas de la Big Pharma, obviamente eran ellos los que tenían que asumir esos costes. Así lo reconocía la sentencia de un tribunal extremeño ante el caso de una mujer gravemente dañada por la denominada vacuna del coronavirus. Se trató de una decisión justa que debería haberse convertido en firme y tener consecuencias para otras personas perjudicadas. Sin embargo, la Administración Pública no estaba dispuesta a asumir sus responsabilidades y ha ido recurriendo hasta llegar al Tribunal Supremo. Entonces se ha producido algo muy habitual en las decisiones del Tribunal Supremo, y es que cuando los poderosos tienen que indemnizar a los débiles y dañados, el Tribunal Supremo se coloca del lado de los poderosos que abusaron de su poder. Si ya antes lo hizo, por ejemplo, con la banca, favoreciéndola frente a sus víctimas e incluso señalando que éstas podrían tener razón, pero que no debía esperarse que los bancos las indemnizaran, ahora ha sucedido lo mismo con las víctimas de las vacunas. La sentencia del Tribunal Supremo es un prodigio de retorcimiento para salvar a la Administración de responder por sus actos. Y en ese retorcimiento de la realidad para favorecer a los poderes públicos, la sentencia llega al descaro increíble de afirmar que la vacunación fue voluntaria. Pocas veces se habrá ensuciado un tribunal con una mentira más escandalosa, más degradada y más gigantesca. Porque si algo no fue la vacunación contra el coronavirus, es precisamente voluntaria. El que no se vacunaba se convertía en un apestado social al que las furcias mediáticas llamaban impunemente asesino, cucaracha o bebelejía, mientras los políticos le imponían elevadas multas, le impedían entrar en lugares públicos e incluso lo expulsaban de su trabajo. Jamás, jamás, jamás existió voluntariedad frente a las vacunas del coronavirus. Por el contrario, lo que existió fue una obligatoriedad verdaderamente criminal, porque las administraciones corrieron a hacer negocios con el coronavirus, pero no se molestaron en estudiar de manera concienzuda, responsable e independiente los terribles efectos de aquellas vacunas. En un país tan cercano a España como Francia, el 55% de los ciudadanos se opone ya a determinadas vacunas. El 81% de los franceses afirma que no se vacunará contra la nueva coronavirus en este año. E incluso el 70% mantiene la misma posición frente a la vacuna de la gripe. Esa enorme desconfianza nacida de las vacunas del coronavirus está producida en un 47% de los casos por las mentiras masivas del Gobierno durante la crisis del coronavirus. En un 55%, porque el Gobierno ocultó la nocividad de las vacunas, y en un 49%, porque las furcias mediáticas no informaron adecuadamente sobre los riesgos de la vacunación. En otras palabras, es la convicción de que autoridades y medios mintieron a los ciudadanos lo que ha erosionado enormemente su legitimidad en Francia. Nada parecido ni de lejos sucede en España, donde se siguen repitiendo las mentiras y silencios sobre la crisis del coronavirus y donde nadie, ni políticos ni furcias mediáticas, han respondido mínimamente por los inmensos daños causados a la sociedad. Ahora el Tribunal Supremo se ha sumado de manera inmoral a esa vileza gigantesca de años, profiriendo la asquerosa mentira de que las vacunas nunca fueron obligatorias y negando de la manera más injusta a sus víctimas una indemnización que merecen por parte de los poderes públicos. Solo queda el consuelo de que un día todos y cada uno de los jueces que han perpetrado esta monstruosa iniquidad, al igual que los políticos y las furcias mediáticas, tendrán que responder ante un juez justo que jamás se inclina ante los poderosos para complacerlos a costa de los que are most débiles and indefensos. But no defense for the disanimo or the frustration. Precisely for darkness to the furcias mediatic who mintieron over the coronavirus and persiguieron to those who no querían vacunarse for mantener una casta de politicos that estuvo dispuesta a entregar por su propio beneficio a la población ando para mantener a un tribunal supremo que una y otra vez, cuando tiene que decidir entre la justicia o el poder, opta por el poder. Muy buenos días, muy buenas tardes, muy buenas noches. Les ha hablado César Vidal desde el exilio. Que Dios los bendiga.
SPEAKER_01:Sección patrocinada mediante crowdfunding con el siguiente mensaje. Nuestro Señor Jesucristo, el único Dios verdadero, es misericordioso y nuestro Salvador.